La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado determinó que la Policía no puede ser desplazada ni reemplazada por empresas de seguridad privada en partidos de fútbol profesional ni en eventos masivos. El concepto, emitido en septiembre de 2025 y divulgado en abril de 2026, aclara el alcance de las responsabilidades en la seguridad de estos escenarios.
La decisión se da tras años de tensiones entre la Dimayor, la Federación Colombiana de Fútbol y la Policía, que no lograban acordar quién debía asumir el control dentro de los estadios, lo que incluso frenó la actualización del protocolo de seguridad. Ante este panorama, el Ministerio del Interior solicitó al alto tribunal precisar las reglas.

El Consejo de Estado reiteró que la Policía tiene la obligación constitucional de garantizar el orden público y la convivencia, tanto dentro de los estadios como en sus alrededores, sin posibilidad de delegar esta función a particulares. Esto se apoya en criterios de la Corte Constitucional, que ya había señalado que ninguna norma o contrato puede liberar a la fuerza pública de estas responsabilidades.
Aunque las empresas de seguridad privada pueden participar en los eventos, su rol se limita a tareas logísticas, como el control de accesos, la verificación de objetos y el apoyo organizativo. No pueden intervenir en situaciones de violencia ni asumir funciones propias de la fuerza pública.

Finalmente, el concepto también recuerda que los protocolos de seguridad deben ser aprobados por autoridades locales y policiales para habilitar los estadios, y deja abierta la discusión sobre cómo aplicar estas reglas en eventos de menor escala.





































